28 Mar El enfoque de una pericial en materia de psicología forense (I)
En el momento en que un profesional de la psicología recibe un encargo surgen dos retos contrapuestos que es necesario conciliar, partiendo ambos de los dos profesionales técnicos que conforman la prueba. Tenemos por una parte al letrado, que trata de conseguir prueba técnica acreditativa de unos hechos concretos con fundamento suficiente para conseguir orientar la balanza a su favor en sede judicial, y por otro lado tenemos al perito psicólogo que ha de construir un dictamen técnico a través de un protocolo científico creado ad hoc, de suficiente calidad técnica, pero respetando enteramente el objeto del encargo, la objetividad y su condición de especialista en la materia.
La pregunta de hasta dónde el abogado puede influir en la elaboración de la pericial no dispone de una respuesta completa bien definida ni regulada por la legislación, pero lo que parece evidente es que, sin una puesta en común de ambos profesionales respecto al enfoque, la utilidad del dictamen se verá comprometida.
Siendo así, deberíamos prestar más atención a estos primeros pasos, puesto que esta prueba; además de un nivel de intrusión para el peritado más o menos importante según la materia a tratar; conlleva la asunción de un gasto para el cliente sobre el que es necesario realizar un análisis coste- beneficio lo suficientemente profundo. ¿Tiene sentido que el cliente invierta su dinero y su tiempo en solicitar una pericial? Esta es la pregunta para la que necesitamos una respuesta fundada.
Una forma de orientar la elaboración de la prueba pericial es dejar claro qué se espera de cada parte.
Como abogados lo que debemos tener claro es lo siguiente:
– ¿Qué necesitamos exactamente para probar las cuestiones técnicas que ponemos de manifiesto en el procedimiento?
– ¿Cuál ha de ser el objeto del encargo, en base a las necesidades jurídicas conformadas atendiendo a la construcción de un acervo probatorio tendente a apoyar nuestras pretensiones?
– ¿Qué fuentes documentales o de cualquier otro tipo podemos facilitarle al cliente o al perito para iniciar la evaluación?
– ¿Cuál es nuestra disposición para atender las necesidades que le surjan al profesional respetando en todo caso su objetividad e imparcialidad?
– ¿Necesitaré que el profesional se ratifique en juicio, y en su caso, cómo enfocaré su interrogatorio?
Todas estas cuestiones son esenciales para la obtención de una prueba pericial satisfactoria, y que cumpla con las notas de utilidad, pertinencia y relevancia exigidas para la prueba en sede judicial de acuerdo con nuestra Ley Procesal; y aunque a veces la velocidad que nos requiere la exigencia de nuestro trabajo diario obstaculiza esta reflexión; en todo caso cada una de ellas requiere de un trabajo previo de valoración por el abogado.
Por otra parte, trazar lo que se espera del trabajo del perito es todavía más importante, puesto que tratándose de una prueba técnica será el profesional concreto que haya de ilustrar a jueces y tribunales sobre el fundamento de las pretensiones de las partes, y por tanto sus conocimientos técnicos son determinantes e insustituibles.
Dar respuesta a estas preguntas, aportar valor al área jurídica y de la psicología forense y acercar la realidad de estas dos profesiones a los clientes, serán los objetivos de estas publicaciones colaborativas. Esperamos que os resulte provechoso y estamos como siempre, a vuestra disposición.
Carmen Breijo.
Psicólogo Forense.